En este artículo te vamos a explicar Cómo viajar fuera de USA si eres asilado o refugiado para lo cual debes obtener un Documento de Viaje si tu estatus es Asilado o Refugiado en los Estados Unidos.
Lo primero que debes saber es que si una persona tiene estatus de refugiado o asilado en Estados Unidos y quiere viajar fuera del país, necesita obtener un documento especial llamado “Documento de Viaje para Refugiado” para poder volver a ingresar al país. En la mayoría de los casos, este documento puede ser utilizado en lugar de un pasaporte para viajar. Este documento tiene un aspecto similar al del pasaporte estadounidense.
¿Cómo solicitar un Documento de Viaje para Refugiado?
Para solicitar un Documento de Viaje para Refugiado, presente el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje. Puede obtener el Formulario I-131 y sus instrucciones en el sitio web de uscis.gov. Siga cuidadosamente las instrucciones del formulario para un llenado correcto del formulario.
IMPORTANTE: Los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) deben solicitar el documento llenando el Formulario I-512T si se determina que el beneficiario amerita dicha autorización discrecional.
Si ya tiene el estatus de asilo o de refugio, usted debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje para Refugiado antes de salir de Estados Unidos. Le recomendamos presentar el formulario por lo menos 60 días antes de salir de Estados Unidos.
Si por algún motivo usted no presenta la Solicitud de Documento de Viaje para Refugiado antes de salir de los Estados Unidos, una oficina de USCIS podría, a su discreción, aceptar su solicitud. Debe tener en cuenta que solo puede presentar la solicitud sólo si ha estado fuera de los Estados Unidos por menos de un año al momento presentar la solicitud.
Sin embargo, es importante que no esperes que una oficina de USCIS en otro país actúe automáticamente con discreción en tu caso, especialmente si es evidente que tuviste la oportunidad de presentar el Formulario I-131 antes de salir de Estados Unidos. Esto significa que es importante presentar la documentación necesaria antes de viajar fuera del país para evitar retrasos o problemas al regresar.
Costo por solicitar un documento de viaje de refugiado
Estos son los costos de presentar la I-131 así como la toma de los biométricos.
(Solicitudes Tipos B y C) y mi edad es: | Tarifa de presentación: | Servicios Biométricos: | Total: |
---|---|---|---|
13 años o menos | $105 | $0 | $105 |
14 o 15 años | $105 | $85 | $190 |
16 a 79 años | $135 | $85 | $220 |
80 años o mayor | $135 | $0 | $135 |
¿Podría ser que USCIS rechace mi Formulario I-131 si salgo de Estados Unidos mientras el formulario está pendiente de aprobación?
Se recomienda que usted presente el Formulario I-131 mientras está en Estados Unidos. Sin embargo, no es necesario que esté
presente en Estados Unidos para que USCIS apruebe su Formulario I-131 y emita un Documento de Viaje para Refugiado siempre y
cuando ya se hayan obtenido sus datos biométricos (fotografía, huellas digitales) antes de su salida.
Usted puede indicar en su Formulario I-131 que desea que USCIS envíe su Documento de Viaje para Refugiado a una Embajada o Consulado de Estados Unidos, o una oficina del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) en el extranjero, para que usted pueda recogerlo en una de las localidades.
Si hice la solicitud del formulario I-131 antes de viajar ¿puedo presentar mis datos biométricos mientras estoy fuera del país?
No. Cuando usted presente su Formulario I-131 para obtener un Documento de Viaje para Refugiado, USCIS le notificará cuándo debe presentarse al Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) designado para que le tomen sus datos biométricos. Usted deberá proveer sus datos biométricos en el ASC mientras está en Estados Unidos. Si usted sale de Estados Unidos antes de proveer sus datos biométricos, su solicitud podría ser denegada.
Si una oficina de USCIS en el extranjero, a su discreción, le permite presentar el Formulario I-131 para obtener un Documento de Viaje para Refugiado mientras está fuera de los Estados Unidos, esa oficina le notificará acerca de los procedimientos para proveer sus datos biométricos.
Para cumplir con el requisito de proveer sus datos biométricos, tal vez tenga que visitar una oficina de USCIS o una Embajada, Consulado o una instalación militar de Estados Unidos para que le tomen sus huellas digitales.
Si ya tengo mi estatus de refugiado o asilado ¿Puedo viajar al país donde sufrí persecución o donde declaro tener miedo de persecución en el futuro?
Sí. Sin embargo, debe saber que la concesión de su asilo puede terminar si, entre otras cosas, se determina que usted se acogió
voluntariamente a la protección de su país de nacionalidad, adquirió una nueva nacionalidad, o que ya no reúne las condiciones para asilo debido a cambios fundamentales en sus circunstancias.
Igualmente, su condición de asilado puede ser terminada si hubo un fraude en su solicitud que le impida reunir las condiciones para
asilo.
Por consiguiente, si su viaje indica que usted pudiese haber conseguido protección en su país, debe estar preparado para explicar cómo pudo regresar al país del cual huyó. Si fue admitido como refugiado, su condición puede terminar si el Gobierno de los
Estados Unidos determina que usted en realidad no era refugiado cuando fue admitido a los Estados Unidos.
Si tu historial de viajes muestra que no has sufrido persecución en el pasado, que no tenías un miedo bien fundamentado de persecución basado en ciertas categorías protegidas, o que en el pasado has perseguido a otros, es posible que tengas que explicar por qué viajaste a un país en particular si no quieres perder tu estatus de refugiado.
En otras palabras, si tus viajes no concuerdan con las razones que te llevaron a obtener el estatus de refugiado, es posible que debas explicar tu viaje para que no se cuestione tu condición de refugiado.
Preguntas frecuentes sobre Cómo viajar fuera de USA si eres asilado o refugiado
Estas son algunas de las preguntas más frecuentas, si tienes más dudas, déjalas en los comentarios y con gusto te respondemos.
Para información adicional, llame al Centro de Servicio al Cliente al (800) 375-5283
¿Un refugiado puede viajar a otro país?
Sí, siempre y cuando cumpla con las condiciones arriba mencionadas.
¿Puede un asilado viajar a su país de origen?
Sí, siempre y cuando no incumpla las condiciones que se acaban de mencionar en este artículo.
¿Por cuánto tiempo es válido un documento de viaje para
refugiado?
Un Documento de Viaje Para Refugiado es válido por un año.
¿Qué pasa si tengo asilo y salgo del país?
Nada, siempre y cuando tengas el Documento de Viaje para Refugiado o asilado I-131
¿Dónde se presenta el formulario I-131?
El formulario lo debes enviar por correo postal, la dirección a la que lo debes enviar según sea tu caso lo encuentras AQUÍ! Las solicitudes no enviadas a la dirección directa apropiada podrían experimentar demoras en el procesamiento.