Han iniciado las Invitaciones a los Procesos de Permisos de Reunificación Familiar

El Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado comenzará a enviar invitaciones bajo los procesos de permisos de reunificación familiar (FRP) para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras el 31 de julio de 2023.

Procesos de Permisos de Reunificación Familiar

El 7 de julio de 2023, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció la implementación de los nuevos procesos FRP para estos cuatro países. Los Procesos de Permisos de Reunificación Familiar (FRP) están disponibles solo por invitación para ciertos peticionarios cuyo Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, presentado a nombre de un beneficiario principal que sea nacional de Colombia, El Salvador, Guatemala u Honduras, haya sido aprobado.

Actualización 8 de agosto de 2023: Se han comenzado a enviar las cartas de invitación por correo electrónico

Si recibiste una carta de invitación y cumples con las instrucciones, ya puedes viajar a Estado Unidos en lugar de esperar en tu país de origen. Si tiene un abogado, probablemente sea a él a quien le llegue la carta de invitación por correo electrónico.

Para poder ser beneficiario el beneficiario de la petición debe estar en su país de origen (Colombia, El Salvador, Guatemala u Honduras), si el beneficiario ya se encuentra en USA, el programa de reunificación no aplica.

Procesos de Permisos de Reunificación Familiar: Una vía legal para la reunificación familiar

Estos procesos brindan una forma segura y ordenada para que los beneficiarios y sus familiares inmediatos sean considerados para el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, caso por caso. Esta es una de las vías legales a las que las familias pueden tener acceso, en lugar de emprender un viaje peligroso o esperar muchos años para reunirse con familiares cualificados.

Los no ciudadanos que no utilicen este proceso u otras vías legales disponibles e intenten ingresar ilegalmente a Estados Unidos enfrentarán consecuencias más duras, incluida la expulsión y la prohibición de admisión.

Recepción de invitaciones y solicitud en línea

La invitación se enviará al peticionario por correo y/o correo electrónico e identificará a los miembros de la familia que son elegibles a ser considerados. Un peticionario debe recibir una invitación antes de enviar el Formulario I-134A, Solicitud en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, bajo los procesos de FRP.

USCIS pronto lanzará una herramienta en línea en la página web Procesos de FRP, que los peticionarios pueden usar para confirmar si se les ha emitido una invitación.

Actualización de información de contacto

Si usted es un peticionario que cree que puede ser elegible, por favor, asegúrese que el NVC tenga su información de contacto y dirección postal actual. Para actualizar su información de contacto o dirección postal, puede comunicarse con el NVC a través del Formulario de Consulta Pública.

El NVC enviará invitaciones a los peticionarios por correo electrónico si tienen una dirección electrónica en el registro asociado con el Formulario I-130 aprobado. Si no hay una dirección de correo electrónico en el registro, el NVC enviará la invitación a la dirección postal que está en el registro del peticionario.

Las invitaciones se enviarán de manera continua según la capacidad operacional, el período de tiempo esperado hasta que la visa de inmigrante del beneficiario principal esté disponible y de forma consistente, a fin de garantizar la integridad del proceso.

Pasos para realizar el Proceso de Permisos de Reunificación Familiar

Paso 1. El peticionario abre una cuenta en myUSCIS.

Paso 2. Llena el Formulario I-134A (Carta de garantía financiera) donde el peticionario garantiza que el beneficiario no será una carga pública para el gobierno.

Paso 3. Al hacer el llenado, se le pedirá el número de invitación y el número de caso del Centro Nacional de Visas. Seguido, deberá ingresar la información del peticionario y luego la del beneficiario.

Paso 4. El gobierno recibe la solicitud y la procesa. Una vez aprobada la petición, se pondrá en contacto con el beneficiario en su país de origen para que siga con los pasos siguientes. Por ejemplo el exámen médico que se pide, si es aprobado el examen médico se le dará una carta al beneficiario para notificarle a inmigración. También una constancia de antecedentes penales.

Paso 5. Si el beneficiario cumplió todos los requisitos solicitados, se le dará un permiso por 90 días para viajar a los Estados Unidos. Una vez viaje a los Estados Unidos, el oficial consular será el que otorgue o niegue la entrada al país.

Si se le autoriza la entrada se le otorgará parole el cual es un permiso para estar en el país hasta que la fecha de la petición familiar aparezca en el Boletín de Visas con lo cual, la visa es disponible para pedir la residencia.

Próximamente procesos simplificados de FRP y las invitaciones para Cuba y Haití

Próximamente habrá más información disponible acerca de los procesos simplificados de FRP actualizados y las invitaciones para Cuba y Haití.

Preguntas Frecuentes sobre los Procesos de Permisos de Reunificación Familiar

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4 comentarios en “Han iniciado las Invitaciones a los Procesos de Permisos de Reunificación Familiar”

  1. Buenos dias
    Cuando pedi a mi hija y nieta. En el 2017.
    Mi nieta era menor de edad. Ahora ya es mayor.
    Para la visa es elegible aun siendo msyor de edad.
    Quiero saber si sigue siendo elegible para la I 130A.
    Gracias por su respuesta

  2. Lizanyela Velazaco Monteagudo

    Hola
    Mi papá me pido en el 2017 y en ese entonces no tenía a mi bb el 21 de agosto fui elegida para la invitación del programa de reunificación familiar Parol en el cual el 13 de septiembre mi papá completa los pasos a seguir mostrando evidencia para incluir a la niña haciendo una I-134A para ambas .Soy aprobada el día 8 de diciembre y la niña aún nada
    Hy alguna razón en específico de p pasa esto
    Cuál es l via para ingresar un beneficiario derivado q en este caso es mi niña la I-134A de la niña la debe ingresar por proceso parol o por parol de reunificación familiar?
    Cuanto tiempo se debe demorar la niña solo tengo 90 después de mi aprobación

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