Visa SB-1 de residente retornante

¿Qué es la Visa SB-1 de residente retornante?

Es una visa de retorno para residentes legales permanentes (LPR) y condicionales que salen de los Estados Unidos por diferentes razones, en muchas ocasiones con la intención de visitar a sus familiares o simplemente por trabajo. Este visado, también conocido como SB-1, te facilita la posibilidad de estar fuera del país en distintas funciones sin que afecte tu estatus migratorio. Ahora bien, debes conocer el tiempo que puedes estar fuera, de lo contrario puedes perder ese estatus.

Aquellos residentes legales permanentes que han perdido su estatus de residente permanente porque se quedaron más de un año (sin Permiso de Reingreso), o los que no pudieron regresar a los Estados Unidos durante el período de validez de su Tarjeta de Residente o Permiso de Reingreso, tendrán que solicitar una Visa SB-1 de “Returning Resident” (Residente de Regreso) para poder reingresar como residentes legales permanentes a los Estados Unidos.

Formulario I-131

Cualquier persona residente permanente de Estados Unidos puede salir del país hasta por un año, siempre y cuando aplique a través del formulario Formulario I-131. Este es un permiso de reingreso con el cual usted demuestra que no tiene intención alguna de perder su estatus migratorio.

Usted debe presentar su Formulario I-131 por lo menos 60 días antes de la fecha programada para su viaje al extranjero.

Puedes descargar Formulario i-131 actualizado del siguiente enlace:

Formulario I-131 descarga (413 descargas )

Si no sabes como llenar el formulario, también puedes descargar las instrucciones a continuación (están en inglés):

Instrucciones Formulario I-131 (776 descargas )

Tiempo establecido para estar fuera del país siendo residente

Se les otorga entre seis meses y un año, pero nunca es recomendable llegar al año si no solicitó un permiso con anterioridad. De suceder esto tendría que solicitar una visa en el Consulado del país donde se encuentre. Si por razones ajenas a su voluntad se encontrara en esta situación, usted debería solicitar un visado especial de inmigrante de regreso.

El departamento de estado de los Estados Unidos facilitó este visado para las personas que se encuentren en esta situación. Este tipo de casos fue muy frecuente durante la pandemia del COVID-19.

¿Qué hacer si me es imposible entrar antes del año?

Debe dirigirse a la Embajada de Estados Unidos en ese país y solicitar el visado SB-1. Usted será entrevistado, tendrá que pagar tasas consulares y exámenes médicos y se verá obligado a demostrar que usted era realmente un residente legal, que usted es elegible para dicho visado, que pretendía ingresar a los Estados Unidos sin intención de perder su estatus en algún momento y demostrar con documentación las causas que le impidieron entrar a su país.

El permiso de reingreso tiene una fecha de vencimiento, si a usted en otro momento se le fue otorgado este permiso, es preciso que vuelva a solicitarlo. Las razones que provocaron que usted permaneciera en territorio cubano durante un año tienen que ser las mismas hasta el momento de su solicitud.

Justificaciones permitidas si te pasas del tiempo establecido:

  • Una enfermedad grave que te impida viajar es una causa importante, debes de demostrarlo con documentos médicos.
  • Un embarazo
  • Retención de documentos o pasaporte por causas de disputas.

¿Cómo solicitar el visado SB-1 de residente retornante?

Concertar una entrevista para la revisión de su caso con la Sección de Visa de Inmigrante al correo electrónico tggsb1@state.gov. Usted deberá de presentar la siguiente información:

Para solicitar el visado SB-1 debe también presentar el formulario DS-260. Este te permite realizar tu examen médico. Este formulario se llena por internet y una vez que lo suba los médicos podrán comprobar su estado de vacunación y de salud. 

Documentos requeridos para la Visa SB-1 de residente retornante

Los documentos exigidos para solicitar este visado son:

  • Formulario DS-117 correctamente llenado.
  • Residencia permanente con formulario I-551.
  • Autorización de reentrada siempre que lo tenga.
  • Fecha en la que viajo fuera de los Estados Unidos.
  • Boleto de avión y sello de pasaporte.
  • Documentos de viaje.
  • Fotografía de 2×2 reciente.
  • Declaración de impuestos.
  • Vínculos familiares y probar el por qué le fue imposible entrar a Estados Unidos antes del año.

Debe contactar al Consulado con al menos tres meses de anticipación, este será el tiempo que demora su visado. Si su solicitud es aprobada, se expedirá en su pasaporte un sello I-551 el cual le permitirá reingresar a los Estados Unidos.

Cómo llenar el formulario DS-117

Este formulario es el establecido para solicitar la visa de inmigrante retornado, es necesario que sea completado correctamente. Contiene tres páginas con un total de quince preguntas que deben ser respondidas lo más preciso posible.

  1. Nombre y apellidos.
  2. Si ha utilizado algún alias anteriormente.
  3. Domicilio y teléfono.
  4. Lugar de nacimiento.
  5. Fecha de nacimiento en formato: mes, día, año. 
  6. Referente a su estado conyugal actual, debe seleccionar las opciones que aparecen.
  7. Detallar los familiares que tiene en los Estados Unidos.
  8. Registros anteriores de inmigración.
  9. Última salida de EE.UU. y cuáles fueron los motivos de la misma.
  10. Vínculos sostenidos con Estados Unidos desde su salida.
  11. Motivos por los cuales no pudo ingresar al país antes del año (estos deben de estar en correspondencia con los justificantes que va a proporcionar el día de la cita)
  12. Detalle los viajes realizados con fecha.
  13. Si ha sido empleado durante la fecha que ha estado fuera de los Estados Unidos, tiene la opción de ofrecer detalles o dejarlo en blanco.
  14. Declare su intención de ingresar a su país de residencia.
  15. Usted afirma fehacientemente que toda la información proporcionada es verídica. Plasme su nombre completo y la fecha.

Costos de la Visa SB-1 de residente retornante

Esta visa tiene un costo de 275 USD que serán pagados el día de la cita, no son reembolsables, se le facilitaran varios métodos de pago incluyendo el efectivo. Si usted es aprobado tendrá que abonar un costo adicional por la tramitación del formulario DS-260, examen médico y vacunas. Dentro de estos costos también debes incluir los gastos en abogados y en traducciones que puedas necesitar.

¿Qué sucede si no es aprobado su visado?

Puede suceder que sea denegado, no es algo frecuente si usted presenta toda la documentación que le fue solicitada. Es probable que no haya aportado pruebas suficientes, el Consulado le dirá lo que necesita aportar y le dará un plazo establecido para aportarlas. De haber sido denegado, debe volver a solicitar nuevamente un visado dentro de la misma categoría. 

¿Qué pasa si intenta entrar a Estados Unidos sin visa de inmigrante retornado?

Esto no es recomendable para ningún ciudadano, usted se encuentra registrado en un sistema y va a ser detectado automáticamente. El servicio de aduanas tiene la potestad de admitir o negarle la entrada por considerar que usted perdió su estatus como residente. La mejor opción es aplicar por el visado de inmigrante retornado y no someterse a una expulsión.

Compartir información:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio